Los abogados líderes en la Ley de la Segunda Oportunidad son pioneros en su tramitación en toda España
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Cáceres (Extremadura) ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) en el caso de PF, vecino de Plasencia (Cáceres), divorciado, quedando exonerado de una deuda de 19.297 euros. El caso lo ha tramitado Repara tu Deuda Abogados, despacho de abogados líder en España en la Ley de Segunda Oportunidad. VER SENTENCIA.
“El concursado -explican los abogados de Repara tu Deuda- era autónomo, en concreto, profesor particular. La carga de trabajo disminuyó mucho y los pagos los tenía que seguir haciendo. Para poder seguir adelante, tuvo que pedir un préstamo, pero la cosa se fue alargando. Ahora, gracias a esta sentencia que se basa en la Ley de Segunda Oportunidad podrá empezar de cero”.
Hasta la fecha, han sido más de 15.500 las personas que, a nivel nacional, han acudido a los juzgados para acogerse a esta herramienta. España fue uno de los países que incorporó a su legislación este sistema tras la Recomendación de la Comisión Europea realizada en el año 2014. A pesar de que lleva seis años en vigor, muchas personas aún desconocen que existe una forma de cancelar sus deudas de forma legal a través de una sentencia judicial. Aún así, hay que señalar que Repara tu Deuda abogados ha logrado exonerar de más de 60 millones de euros a sus clientes desde el momento de su creación, en septiembre de 2015.
Bertín Osborne, nueva imagen de Repara tu Deuda Abogados, colabora con el despacho de abogados para que la ley llegue cada vez más a particulares y autónomos. “Debido a que se trata de una ley -declaran los abogados- que puede ayudar a tantas personas arruinadas a empezar de cero, es vital contar con toda la ayuda que pueda beneficiar a quienes están arruinados”.
La Ley de Segunda Oportunidad permite a personas en situación de sobreendeudamiento salir de esta espiral. Para ello, hay que cumplir con una serie de requisitos. Entre ellos, la deuda no puede ser superior a los 5 millones de euros, deben haber intentado sin éxito un acuerdo para el pago a plazos del importe debido, no se puede haber cometido ningún delito socioeconómico en los últimos diez años y tiene que ser un deudor de buena fe que no oculte bienes ni ingresos y sea colaborador con el proceso.
Según explica Ana Isabel García, abogada directora del despacho, “gracias a la aplicación de esta legislación, estamos pudiendo cambiar la vida de muchas personas y de sus familias ya que pasan de una situación de angustia y depresión a ver la salida a muchos de sus problemas. Nuestra previsión es que cada vez más particulares y autónomos se acojan a esta legislación en las próximas fechas, como consecuencia de que esta ley es cada vez más conocida y a los efectos de la crisis económica provocada por el coronavirus”.
Fuente Comunicae